La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) de 1990 y 49 CFR Parte 37-Servicios de transporte para personas con discapacidades, requiere que las entidades públicas que operan un sistema de transporte de ruta fija también brinden servicio de paratránsito de cortesía a una persona cuyas discapacidades les impiden usar servicios fijos. Servicio de autobuses de ruta. 49 Código de Regulaciones Federales (CFR) §37.125 (h) de las regulaciones de ADA permite suspender el servicio de paratránsito para los clientes que establecen un "patrón o práctica" de viajes programados perdidos. Además, 49 CFR §37.5 (h) permite la suspensión de servicios a una persona con discapacidades porque esa persona participa en una conducta violenta, gravemente perturbadora o ilegal, o representa una amenaza directa a la salud o seguridad de otros (colectivamente " comportamiento perturbador").
El propósito de la política de pasajeros que no se presentan y la suspensión del servicio del North County Transit District (NCTD) es:
- Definir los plazos de tiempo para programar y/o cancelar un viaje
- Definir qué es una ausencia o falla para presentarse
- Definir qué es una cancelación tardía
- Especificar los pasos y las sanciones por fallas excesivas para presentarse a los viajes programados y por cancelaciones tardías
- Definir el proceso de apelación para las personas que tengan demasiadas fallas al no presentarse a la parada y cancelaciones tardías
- Definir la suspensión por evadir la tarifa
- Definir la suspensión por mala conducta
Los viajes se programan por tramo (de ida o de vuelta). Los clientes deben programar dos viajes diferentes por cada tramo de un viaje de ida y vuelta.
El NCTD define como una falla no presentarse al viaje. Por ejemplo, que el cliente no esté en la dirección acordada a la hora programada.
Si el cliente no está en el lugar programado y a la hora indicada, el conductor esperará cinco (5) minutos antes de marcar una falla por no presentarse en el registro del cliente.
Definición de una falla para presentarse
Una cancelación tardía es definida como un viaje que es cancelado con menos de dos horas antes de la hora programada para recoger a la persona por circunstancias que están dentro del control del cliente; O un cliente que cancela un viaje con el conductor cuando llega el vehículo.
Si un pasajero no toma el viaje de ida programado, LIFT no cancelará automáticamente su viaje de regreso. Cada trayecto del viaje debe ser tratado individualmente. Sin una indicación del cliente que su viaje de regreso ya no es necesario, éste permanecerá en la programación del sistema. Las cancelaciones tardías recurrentes y faltar a sus viajes pueden resultar en la suspensión del servicio.
Pasos progresivos por fallas para presentarse y cancelaciones tardías
El NCTD monitorea todas las veces que el cliente no se presenta a la parada para tomar su viaje y realiza cancelaciones tardías utilizando el Software de Programación del NCTD. Si un cliente no está en el punto convenido a la hora programada, el conductor esperará cinco minutos antes de contactar al despachador que registrará al cliente como ausente y le dará permiso al conductor para abandonar el punto. Las verificaciones sobre la no presencia del cliente se realizan por la identificación de puntos de referencia recibidos por el conductor antes de abandonar la parada programada y por medio de datos sobre la ubicación del vehículo (GPS).
<strong>Pasos progresivos por fallas para presentarse y cancelaciones tardías</strong>
El NCTD monitorea todas las veces que el cliente no se presenta a la parada para tomar su viaje y realiza cancelaciones tardías utilizando el Software de Programación del NCTD. Si un cliente no está en el punto convenido a la hora programada, el conductor esperará cinco minutos antes de contactar al despachador que registrará al cliente como ausente y le dará permiso al conductor para abandonar el punto. Las verificaciones sobre la no presencia del cliente se realizan por la identificación de puntos de referencia recibidos por el conductor antes de abandonar la parada programada y por medio de datos sobre la ubicación del vehículo (GPS).
Las cancelaciones que se reciban en el Centro de Llamadas de LIFT con menos de dos horas antes de la hora programada para recoger a la persona serán ingresadas y rastreadas con el software de programación del NCTD.
Cada falla para presentarse o cancelación tardía contará como un incidente en el que el cliente no se presentó para su viaje. Una acumulación de tres o más faltas de viaje en un mes es considerado como excesivo y será considerado como "un patrón o una práctica." Los clientes pueden ser suspendidos después que cumplan todas las siguientes condiciones:
- Acumular tres o más ausencias o cancelaciones tardías en un mes calendario;
- Ha reservado por lo menos diez (10) viajes dentro del mes calendario; y
- No se ha presentado o ha cancelado tardíamente por los menos un 10% de esos viajes.
La Política de Suspensión por Fallas para Presentarse o Cancelaciones contempla las siguientes sanciones dentro de un plazo de 12 meses consecutivos, cuando el cliente reúna todas las condiciones anteriores, lo que resultará en una primera ofensa.
Primera ofensa - suspensión de 7 días
Segunda ofensa - 14 días de suspensión
Tercera ofensa: suspensión de 21 días
Cuarta ofensa: suspensión de 28 días, máximo
<strong> Proceso de Advertencias, Multas y Apelaciones</strong>
- La primera falla para presentarse o cancelación tardía dentro de un mes calendario:
- La segunda falla para presentarse o cancelación tardía dentro de un mes calendario:
- La tercera falla para presentarse o cancelación tardía dentro de un mes calendario y reúne todas las condiciones por no presentarse:
- Acción tomada: Se enviará una Carta de Advertencia a la dirección registrada del cliente.
- Esta notificación informará al cliente de la intención de NCTD de suspenderlos del servicio LIFT por un período de siete (7) días.
- Los clientes pueden enviar una solicitud para disculpar cualquier cancelación no presentada o tardía que consideren incorrecta o fuera de su control dentro de los quince (15) días a partir de la fecha de la Carta de advertencia.
- Si no hay respuesta a la Carta de advertencia dentro de los quince (15) días:
-
- Acción tomada: Se enviará una Carta de Advertencia Final a la dirección registrada del cliente.
- El NCTD le dará al cliente treinta (30) días desde la fecha de la Carta de Advertencia Final para que haga arreglos alternativos de transporte.
Las fallas para presentarse y cancelaciones tardías se monitorean cada mes. Sin embargo, es la responsabilidad del cliente llevar el registro de sus cancelaciones tardías y ausencias para asegurar que estén dentro de un nivel aceptable. También es la responsabilidad del cliente asegurar que LIFT sea informado correctamente sobre cualquier cambio de dirección postal para asegurar que toda la correspondencia se reciba dentro de un plazo razonable.
Carta de Advertencia o Suspensión
Se enviará una carta de advertencia al cliente después que reúna todas las condiciones anteriores, para recordarles sobre la política sobre fallas para presentarse y el proceso de apelaciones, y para notificarles que sus privilegios de LIFT serán suspendidos si no se recibe una respuesta que explique la razón de las ausencias y/o las cancelaciones tardías dentro de quince (15) días desde la fecha de la Carta de Advertencia. Todas las cartas de Advertencia y Suspensión se envían por correo al final de cada mes a la dirección postal más actualizada provista al NCTD con relación al proceso de solicitud de paratránsito. La carta incluirá la siguiente información:
- Un listado de las fechas cuando ocurrieron las ausencias
- Las horas de las ausencias en cuestión
- Los puntos de recogida y destinos de las ausencias que están siendo tratadas
- Si no es relacionado a ausencias, la razón de la suspensión
- La fechas de la suspensión en trámite
- Instrucciones sobre cómo apelar una suspensión
Todas las cartas sobre Advertencias y Suspensiones deben estar disponibles en formatos alternos, al solicitarse. Las suspensiones de servicio pueden ser apeladas siguiendo las instrucciones incluidas en las cartas de Advertencias y Suspensiones.
<strong>Solicitudes/Apelaciones sobre Fallas para Presentarse y Cancelaciones Tardías</strong>
<p>Si el cliente no se presenta o hace una cancelación tardía en exceso de un 10% de todos sus viajes programados mensualmente, con un mínimo de diez (10) viajes reservados dentro del mes calendario y él/ella ha acumulado tres (3) o más ausencias o cancelaciones tardías en un mes calendario y recibe una notificación de suspensión, la suspensión puede ser apelada ante una junta formal de apelación. El cliente tendrá quince (15) días para apelar la suspensión.
<p>Información completa sobre el proceso de apelación está incluida en la carta de suspensión del servicio.</p>